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El organismo ha considerado que la influencer y esposa del gobernador electo de Nuevo León apoyó la campaña en su carácter de empresaria y que realizó “aportaciones en especie” no reportadas a la autoridad en forma de fotografías e historias en Instagram, lo que está prohibido por la ley.

El Instituto Nacional Electoral (INE) ha debatido este jueves el papel de los influencers en la campaña del pasado 6 de junio. El árbitro electoral ha impuesto una multa de 55.4 millones de pesos al partido Movimiento Ciudadano y de 448 mil pesos al gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, por las publicaciones en redes sociales de su esposa, Mariana Rodríguez.

El organismo ha considerado que la influencer apoyó la campaña en su carácter de empresaria y que realizó “aportaciones en especie” no reportadas a la autoridad en forma de fotografías e historias en Instagram, lo que está prohibido por la ley. 

 

La institución ha decidido que las publicaciones de Mariana Rodríguez, una pieza clave de la campaña victoriosa de García, van más allá de una muestra de libertad de expresión o de solidaridad con su esposo.

La mayoría de los consejeros ha considerado probada la condición de Rodríguez como una persona física con actividades comerciales, lo que le impide aportar en especie a campañas políticas. El proyecto votado señala que Rodríguez está dada de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por sus actividades empresariales en servicios de publicidad y que su nombre está registrado como marca ante el Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI).

El consejero Jaime Rivera ha afirmado que “no se sanciona el apoyo personal de Mariana Rodríguez a su esposo”, sino que utilizara “su medio de trabajo para desplegar una estrategia de publicidad y de propaganda electoral”.

En el proyecto, el INE afirma haber detectado 45 fotografías y 1.300 historias fijadas con rasgos propagandísticos con un valor estimado de 27.8 millones de pesos que la campaña no cobró ni reportó como gasto. Tres de los ocho consejeros han votado en contra de la sanción con el argumento de que los mensajes están amparados por la libertad de expresión y que se tiene que tomar en cuenta la condición de cónyuge de Rodríguez.

MARIANA SE DEFIENDE

Mariana Rodríguez, esposa del gobernador electo, Samuel García Sepúlveda, presentó una queja en la Comisión Nacional de Derechos Humanos y en la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León por violencia política de género ante la resolución del Instituto Nacional Electoral que se perfila para esta tarde. 

Lo anterior responde al marco de la decisión del  INE de cuantificar y ponerle precio al apoyo que Rodríguez hizo en calidad de cónyuge a García.

"Dicha determinación violenta mis derechos humanos de libertad de expresión, asociación, igualdad y libre de toda violencia, así como diversos derechos político electorales, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los Tratados Internacionales, en los que México es parte.

"Al respecto, nuestro Estado se encuentra obligado a garantizar y salvaguardar el ejercicio de los derechos fundamentales y su desarrollo en sociedad, ademas debe de eliminar la discriminación y la violencia contra las mujeres. 

"Tras la reforma al artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en junio de 2011, todos los tratados internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por México, adquirieron rango constitucional, de manera que el Estado Mexicano está obligado a hacer realidad el derecho a la participación política y a generar las condiciones para que sea ejercido en condiciones de igualdad, libres de discriminación y de violencia", señala la queja presentada este mediodía. 

En el documento, se argumenta que México está suscrito al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos mismo que pretende asegurar las condiciones generales de igualdad, así como a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Asimismo, indica que el artículo 6 de la Constitución Federal garantiza que toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión, lo que implica el internet y sus distintas formas de comunicación como las redes sociales. 

"En ese contexto, la difusión de las publicaciones denunciadas fueron realizadas en ejercicio de mi libertad de expresión y de manera espontánea, por lo que de ninguna manera se trató de espacios comerciales, toda vez que no  se recibió pago alguno mucho menos se tuvo que pagar para subirlas a algun sitio.

"La resolución sostiene que mi participación voluntaria, libre y expontánea, como parte del apoyo moral del vínculo matrimonial que me une con mi esposo, implica una aportación en especie en campaña, cuestión sesgada, que sin prueba alguna, trasgrede mis derechos humanos, imposibilitándome ejercer de manera libre mi libertad de expresión".

Redacción / LikeMty

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